El Gobierno nacional, encabezado por el presidente Abelardo De La Espriella, trabaja en un decreto que reglamentará el trabajo por horas en Colombia. La información, publicada por el diario Vanguardia, señala que la iniciativa hace parte de los compromisos que el mandatario asumió durante su campaña electoral.
El modelo de trabajo por horas es una figura que permite a los empleadores contratar a un trabajador por un número determinado de horas a la semana o al mes, en lugar de una jornada completa. En distintos países se usa como una herramienta para flexibilizar la contratación y facilitar el acceso al mercado laboral de personas que no pueden asumir jornadas extensas, como estudiantes, cuidadores o trabajadores informales.
En Colombia, el Código Sustantivo del Trabajo y sus reformas posteriores regulan la jornada ordinaria, que en general no puede superar las 48 horas semanales. Sin embargo, la legislación actual contempla principalmente contratos a término fijo, indefinido o por obra o labor, sin una figura específica que ordene de manera detallada la contratación fraccionada por horas, razón por la cual un decreto presidencial se presenta como la vía para llenar ese vacío normativo.
De acuerdo con el extracto de Vanguardia, la fecha exacta en la que el decreto entrará a regir todavía no aparece detallada en el fragmento disponible de la noticia. El medio indica que se trata de un compromiso de campaña del ahora presidente De La Espriella, lo que implica que la medida hace parte de la agenda de arranque de su administración.
El anuncio se da en un contexto de debate nacional sobre la informalidad laboral. Según cifras del DANE que se han publicado en años recientes, más de la mitad de los trabajadores colombianos se desempeñan en condiciones de informalidad, sin contratos que les garanticen prestaciones sociales como salud, pensión o cesantías. Una modalidad de contrato por horas, bien diseñada, podría atraer a una parte de esos trabajadores a la economía formal, aunque también despierta preocupación entre centrales obreras y abogados laboralistas, que temen que se use para reemplazar contratos de tiempo completo.
Para los ciudadanos, el impacto de esta figura dependerá de tres factores centrales: cuántas horas se considerarán mínimas y máximas por contrato, cuáles serán las prestaciones proporcionales a las que tendrá derecho el trabajador, y cómo se controlará que las empresas no la empleen para fragmentar puestos de trabajo que antes eran de jornada completa. Estos puntos suelen ser los más sensibles en cualquier regulación de trabajo por horas, y serán clave en la discusión del decreto.
El hecho de que la iniciativa se tramite por decreto, y no mediante proyecto de ley, le permite al Gobierno expedirla con mayor rapidez, aunque también limita la participación del Congreso en la redacción final. El texto, una vez firmado por el presidente y publicado en el Diario Oficial, tendrá vigencia inmediata o en el plazo que el mismo decreto indique, según lo que reporta Vanguardia.
Queda pendiente conocer el articulado completo del decreto, las observaciones de las centrales de trabajadores y de los gremios de empleadores, y la posición del Ministerio del Trabajo sobre los puntos sensibles de la reforma. Por ahora, lo que se conoce es que la medida está en preparación y que su entrada en vigencia se dará en una fecha cercana, tal como lo reseña la fuente consultada.
La ciudadanía podrá seguir el proceso a través del Diario Oficial, donde se publica toda la normativa expedida por el Gobierno, y a través de los comunicados del Ministerio del Trabajo. El Observatorio Ciudadano seguirá esta iniciativa de cerca, en la medida en que avanza su trámite y se conocen nuevos detalles.
