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NeutralJusticiaAbelardo25 de septiembre de 2026

Tribunal Superior de Bogotá revoca tutela que ordenaba disculpas a De la Espriella por la posesión

El Tribunal Superior de Bogotá dejó sin efecto el fallo de tutela que obligaba al presidente Abelardo de la Espriella y al jefe del Congreso a pedir disculpas por la ceremonia de posesión. La Sala concluyó que el acto religioso no vulneró la libertad de cultos.

Tribunal Superior de Bogotá revoca tutela que ordenaba disculpas a De la Espriella por la posesión

Imagen: Infobae

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El Tribunal Superior de Bogotá revocó la tutela que ordenaba al presidente y al jefe del Congreso pedir disculpas por la ceremonia de posesión, al concluir que el acto religioso no vulneró la libertad de cultos. Se trata de una decisión judicial de un tercero que resuelve favorablemente para el Gobierno una orden previa.

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El Tribunal Superior de Bogotá revocó la tutela que había ordenado al presidente Abelardo de la Espriella y al presidente del Congreso ofrecer disculpas por la ceremonia de posesión, según informó Infobae. La decisión deja sin efecto el fallo de primera instancia que había hallado una vulneración de la libertad de cultos durante el acto.

De acuerdo con la fuente, la Sala concluyó que las oraciones y los elementos religiosos incorporados en la ceremonia no afectaron derechos de terceros ni comprometieron la imparcialidad del Estado frente a otras confesiones. Con ese razonamiento, el tribunal consideró que la orden de disculpas públicas no era procedente.

La controversia se originó en la posesión presidencial del 7 de agosto de 2025, cuando De la Espriella incluyó en el protocolo un segmento con liderazgo del pastor Alfredo Grueso y la participación de otros líderes evangélicos. El acto incluyó una oración, una profecía y cantos religiosos ante los asistentes al Capitolio Nacional.

Ciudadanos interpusieron acciones legales al considerar que la presencia de figuras religiosas en una ceremonia oficial del Estado infringía el principio de laicidad y la libertad de cultos garantizada en la Constitución. Un juez de primera instancia les dio la razón y ordenó las disculpas, decisión que ahora fue revertida por el Tribunal Superior.

El nuevo fallo introduce reparos sobre el alcance del derecho a la libertad religiosa cuando se trata de ceremonias oficiales. La Corporación recordó que la jurisprudencia constitucional distingue entre la neutralidad del Estado frente a las confesiones y la participación simbólica de actores sociales en actos protocolarios.

Para el gobierno, el cierre del proceso tutela refuerza la legitimidad de la ceremonia de posesión tal como se realizó. Sectores críticos con el liderazgo religioso del acto sostienen que la decisión reduce los controles frente a eventos institucionales con contenido confesional.

La libertad de cultos en Colombia está amparada por los artículos 19 de la Constitución y por tratados internacionales ratificados por el país. Las cortes han reiterado que el Estado es laico, pero también que los servidores públicos conservan sus creencias individuales y pueden ejercerlas en espacios privados o, bajo ciertas condiciones, en públicos.

La decisión del Tribunal Superior cierra, por ahora, el capítulo judicial del caso. Sin embargo, los demandantes podrían agotar otras rutas procesales, incluida la revisión ante la Corte Constitucional, si consideran que la tutela protegía un derecho fundamental que sigue sin resolverse.

En lo inmediato, la revocatoria del fallo despeja el escenario jurídico para el gobierno, que no tendrá que cumplir la orden de disculpas. El precedente, no obstante, deja abierta la discusión sobre los límites entre la expresión religiosa de los mandatarios y la separación entre el Estado y las confesiones.

Preguntas frecuentes

¿Por qué se había ordenado disculpas a De la Espriella?

Un juez de tutela de primera instancia concluyó que la ceremonia de posesión había vulnerado la libertad de cultos por incluir un segmento con liderazgo del pastor Alfredo Grueso y otros líderes evangélicos, y ordenó pedir disculpas públicas.

¿Qué resolvió ahora el Tribunal Superior de Bogotá?

Revocó la tutela y concluyó que el acto religioso de la posesión no vulneró la libertad de cultos ni afectó derechos de terceros, por lo que dejó sin efecto la orden de disculpas al presidente y al jefe del Congreso.

¿Cuál fue el segmento cuestionado durante la posesión?

Una oración, una profecía y cantos religiosos a cargo del pastor Alfredo Grueso y otros líderes evangélicos, que hicieron parte del protocolo del 7 de agosto de 2025 en el Capitolio Nacional.

¿Puede haber nuevas acciones legales tras esta decisión?

Sí. Los demandantes podrían explorar otras rutas procesales, incluida la revisión eventual ante la Corte Constitucional, si consideran que persiste la vulneración de un derecho fundamental.

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