La Corte Constitucional aprobó en parte la reforma pensional y remitió varios artículos de regreso al Congreso de la República. Según el reporte de Portafolio, el alto tribunal identificó vicios de forma en esos apartados y pidió al Legislativo que los estudie y corrija antes de que puedan aplicarse plenamente.
La reforma pensional es una de las leyes estructurales del actual gobierno y modifica el sistema de ahorro individual y el de prima media que rige en Colombia. Ajusta condiciones de edad, semanas cotizadas y administración de los fondos, por lo que su entrada en vigencia depende del texto final que convalide la Corte.
El trámite ante la Corte se surtió tras el control de constitucionalidad automático que recae sobre las leyes que reforman derechos sociales. La corporación revisó la totalidad del texto y encontró que algunos artículos no superaron los requisitos formales del proceso legislativo, razón por la cual fueron devueltos.
Devolver artículos es una figura del control constitucional colombiano que permite al Congreso corregir errores procedimentales sin tener que empezar de cero el trámite de una ley. El Legislativo puede introducir los ajustes necesarios y volver a remitir el texto para una segunda revisión por parte de la Corte.
En la práctica, hasta que esos artículos no queden subsanados y nuevamente aprobados por la Corte, las disposiciones devueltas no producen efectos jurídicos plenos. El resto de la reforma, que la Corte sí convalidó, mantiene su vigencia desde la publicación oficial de la sentencia.
La decisión genera expectativa entre trabajadores, pensionados, fondos de pensiones y administradoras, porque el alcance definitivo de la reforma depende de cómo el Legislativo atienda las observaciones del alto tribunal. Sectores sindicales y empresariales esperan conocer el texto completo de la sentencia para evaluar su impacto.
El Gobierno nacional, que impulsó la reforma como uno de los proyectos centrales de su agenda social, deberá ahora gestionar ante el Congreso los ajustes formales solicitados. El Ministerio del Interior y las bancadas parlamentarias tienen la palabra en las próximas semanas para definir el rumbo de los artículos devueltos.
En el ámbito constitucional colombiano, este tipo de decisiones son habituales y forman parte del equilibrio entre las ramas del poder público. La Corte no evalúa conveniencia política, sino el cumplimiento de los requisitos formales y materiales previstos en la Constitución y la ley.
Queda pendiente la publicación íntegra de la sentencia con el detalle de los artículos devueltos y las razones específicas de la devolución. Una vez conocido el texto, el Congreso tendrá un plazo razonable para pronunciarse y, de ser necesario, introducir las correcciones de forma correspondientes.
Por ahora, la reforma pensional avanza con el grueso de su articulado en firme, mientras el Congreso y el Gobierno definen cómo se subsanan los apartados objetados. La ciudadanía seguirá de cerca el desenlace, porque la norma define el acceso y las condiciones de las pensiones durante las próximas décadas.
